El salario o remuneración3 (también llamado sueldo, soldada o estipendio ) es la suma de dinero que
recibe de forma periódica un trabajador de
su empleador por
un tiempo de trabajo determinado o por
la realización de una tarea específica o fabricación de un producto
determinado. El pago puede ser mensual, semanal o diario, y en este último caso
recibe el nombre de jornal, del término jornada.
Salario y
condiciones de trabajo:
El salario es una contraprestación que recibe el
trabajador a cambio del trabajo realizado para un empleador, la cuantía se
establece en el contrato de trabajo. El salario se recibe
principalmente en dinero, si bien puede contar con una parte en especie evaluable en
términos monetarios. Siempre debe existir una remuneración en dinero, la
retribución en especie es necesariamente adicional.
Salario mínimo:
El salario
mínimo es la remuneración mínima establecida legalmente en un país o territorio para cada
periodo laboral (hora, día o mes), que los empleadores
deben pagar a sus trabajadores por sus labores.
Nómina
En una empresa, la nómina es
la suma de todos los registros financieros de los sueldos de los empleados,
incluyendo los salarios, las bonificaciones y las deducciones. En la
contabilidad, la nómina se refiere a la cantidad pagada a los empleados por los
servicios que prestaron durante un cierto período de tiempo. La nómina tiene un
papel importante en una sociedad por varias razones.
Devengos:
Los devengos (ingresos brutos) son las percepciones
salariales o no salariales (pagos en especie) de cada trabajador: lo que recibe
el empleado. Pueden ser dinerarias o en especies de cualquier clase o valor. Sirven
para calcular principalmente la base de cotización de la seguridad social y la
base imponible del impuesto sobre la renta de
las personas físicas de
cada trabajador, datos utilizables para calcular sus descuentos (aplicando los
tipos y porcentajes legales correspondientes) que luego se restarán en el
concepto de deducciones.
·
Salario base: fijado por el convenio.
·
Percepciones no salariales: dietas, plus de
transporte, indemnizaciones, seguros médicos.
·
Pagas extra:
prorrateadas por meses según permanencia de alta en la Empresa, y según señalan
los convenios colectivos laborales las pagas extras pueden ser dos veces al año
y deben de ser abonadas en fechas determinadas -julio y Navidad-, en diversos
sectores productivos existe además la paga de beneficios. (ver Artículo 31.
Gratificaciones extraordinarias, del Estatuto de los trabajadores)
Deducciones:
Se incluyen las deducciones de Seguridad Social y Hacienda, y
demás obligaciones adquiridas de forma voluntaria por el trabajador con la
empresa: anticipos, préstamos, etc.
·
Contingencias: Cálculo de las bases de
cotización por contingencias comunes y por contingencias profesionales, también
la base de horas extras, etc. La base
de cotización mensual se obtiene como regla general del total devengado anual
incluyendo las pagas extras que señale el convenio, divido por 12 meses y
multiplicado por los días o meses de alta del trabajador en la empresa
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